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Castilla La Mancha|Castilla-La Mancha
Contrato de obras del proyecto básico y de ejecución para arreglo de cubierta y ampliación del Centro Joven de Albacete, a fin de albergar la emisora de radio Nova Onda. EXP 52/2025
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Resumen del contrato
Contrato de obras del proyecto básico y de ejecución para arreglo de cubierta y ampliación del Centro Joven de Albacete, a fin de albergar la emisora de radio Nova Onda. EXP 52/2025
Criterios de Adjudicación
- 10.2.2. CRITERIOS EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. 10.2.2.2. SEGUNDO CRITERIO. COMPROMISO PERSONAL.10%
- 10.2.1. CRITERIOS PONDERABLES A TRAVÉS DE JUICIO DE VALOR.A) PRIMER Y UNICO CRITERIO EVALUABLE A TRAVES DE JUICIO DE VALOR.36%
- 10.2.2. CRITERIOS EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. 10.2.2.1. PRIMER CRITERIO. PRECIO.54%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Requisito
7.2.2.SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: A) EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º CRITERIO: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE OBRAS correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato. Requisito mínimo: El importe anual, IVA excluido, que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución, en el curso de los últimos cinco años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato, al menos deberá aportarse una obra por un importe igual o superior al valor estimado del contrato, es decir, 359.975,00 €. Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. 2º CRITERIO: DECLARACIÓN INDICADO EL PERSONAL TÉCNICO QUE DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato. Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional. B) EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): UNICO CRITERIO: DECLARACIÓN INDICADO EL PERSONAL TÉCNICO QUE DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato.▪ Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional. Ver páginas 58 y 59 del PCAP.
- No prohibición para contratar
- Volumen anual de negocios
7.2.1. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: 1º CRITERIO: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior al valor estimado del contrato (359.975,00 €). Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del TACRC. 2ºCRITERIO: Disposición de un SEGURO DE INDEMNIZACIÓN POR RIESGOS PROFESIONALES, aportando, el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Requisito mínimo: La suma del importe de la póliza será no inferior a 600.000,00 €. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador en el que conste los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda. Principales razones de la imposición de este requisito: En el art.87, apdo 3.b) de la LCSP, se establece que en los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, como son los de arquitectura o ingeniería, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, sin que en este caso proceda requerir el requisito del volumen anual de negocios y, por tanto, en estos contratos podemos concluir que este será el requisito normal para la acreditación de la solvencia económica y financiera.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Consideraciones de tipo social
A) DE TIPO SOCIAL: Considerando que se trata de la ejecución de obras, y que el sector de la construcción presenta un índice de siniestralidad superior a la media y con el objeto de ser más cuidadoso en los temas relacionados con la seguridad y salud en los lugares de trabajo. Ver páginas 72 y 73 del PCAP.
Documentación oficial adjunta (23)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFInforme valoración criterios por juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II- Documento explicativo DEUCPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOSPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOSPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFP_BAS_EJEC_ENERO_2025.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFFormulario DEUCPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAPPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de valoración de criterios automáticosPliegos y anexos oficiales
- PDFPPTPliegos y anexos oficiales
- PDF12-12-2025_PCAP_fiscalizacion_EXP_5220255.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II - Documento explicativo DEUCPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoObras
- CategoríaCPV 45000000
- Expediente1435719E
- Publicado26 jun 2026

