Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
Castilla La Mancha|Castilla-La Mancha
Contrato de Servicio de realización de actividades de promoción sociocultural y participación ciudadana en Centros Socioculturales del Ayuntamiento de Albacete. EXP 129-2025
Resumen del contrato
Contrato de Servicio de realización de actividades de promoción sociocultural y participación ciudadana en Centros Socioculturales del Ayuntamiento de Albacete. EXP 129-2025
Criterios de Adjudicación
- 10.2.2. Criterios evaluables a través de fórmulas. B. Mejoras admisibles. Bolsa de horas.36%
- 10.2.1. Primer y único criterio evaluable a través de juicio de valor.15%
- 10.2.2. Criterios evaluables a través de fórmulas. A. Precio.49%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Requisito
7.2.1. EMPRESAS QUE SEAN NUEVA CREACIÓN UNICO CRITERIO: MATERIAL Y EQUIPO TÉCNICO que dispondrá para la ejecución del contrato Requisito mínimo: PERSONAL: COORDINADOR DEL PROGRAMA: Deberá contar con formación específica suficientemente acreditada en gestión de programas socioculturales: Título de Educador/a Social o Trabajador/a Social, o una experiencia mínima de 2 años en gestión de programas de esta índole. MONITOR/PROFESIONAL RESPONSABLE POR CADA ACTIVIDAD: (profesional o monitor) salvo en aquellas en que la ratio legalmente establecida defina un mayor número de monitores de las actividades, deberán estar capacitados y especializados para el desarrollo de la actividad. Esta especialización incluye tanto formación como experiencia en el campo o área a desarrollar. Se acreditará al menos de una de las dos formas: Experiencia en el área de la actividad propuesta (mínimo de 3 meses o 150 horas) Formación. a. Títulos oficiales necesarios para el desarrollo de una actividad (por ejemplo, titulados universitarios, titulados Formación Profesional, guías, certificados de profesionalidad, etc.) b. Cursos de formación que acrediten la formación en materias concretas (un mínimo de 50 horas) C.MEDIO DE ACREDITACION: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación académica y experiencia acreditada mediante la presentación de la vida laboral, así como la vinculación con la empresa
- Volumen anual de negocios
7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: A. Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B. Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. Valora anual medio: 62.458,27 € Cuantía mínima solvencia (1,5): 93.687,40 € C. Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D. Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional –la misma— que el valor anual estimado del contrato
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Requisito
7.2.1. EMPRESAS QUE NO SEAN NUEVA CREACIÓN A. PRIMER CRITERIO: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. a. Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad 70%)media del contrato. Por tanto, en este caso, Valor anual medio: 62.458,27 €. Cuantía mínima solvencia (70%): 43.720,79 € b. Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, ejecutados en los últimos tres años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media de este contrato. Se deberán aportar certificados de buena ejecución donde conste importe, fecha y lugar de ejecución de los trabajos, indicando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron normalmente a buen término c. Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio B) SEGUNDO CRITERIO: MATERIAL Y EQUIPO TÉCNICO que dispondrá para la ejecución del contrato Requisito mínimo: PERSONAL: COORDINADOR DEL PROGRAMA: Deberá contar con formación específica suficientemente acreditada en gestión de programas socioculturales: Título de Educador/a Social o Trabajador/a Social, o una experiencia mínima de 2 años en gestión de programas de esta índole. MONITOR/PROFESIONAL RESPONSABLE POR CADA ACTIVIDAD: (profesional o monitor) salvo en aquellas en que la ratio legalmente establecida defina un mayor número de monitores de las actividades, deberán estar capacitados y especializados para el desarrollo de la actividad. Esta especialización incluye tanto formación como experiencia en el campo o área a desarrollar. Se acreditará al menos de una de las dos formas: Experiencia en el área de la actividad propuesta (mínimo de 3 meses o 150 horas). Formación. a. Títulos oficiales necesarios para el desarrollo de una actividad (por ejemplo, titulados universitarios, titulados Formación Profesional, guías, certificados de profesionalidad, etc.) ... VER PAGINA 71-72 DEL PCAP
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (19)
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOSPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP 129_2025.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPCAPPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo II. Documento explicativo DEUCPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT - 129-2025.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFFORMULARIO DEUC XMLPliegos y anexos oficiales
- PDFPPTPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme juicio de valorPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoPrivado
- CategoríaCPV 92000000
- Expediente1504744Y
- Publicado25 may 2026

