Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo
Toledo
El objeto del contrato es la ejecución de obras de actualización y mejora del Punto Limpio fijo municipal, sito en calle Argentina, nº 25 de Añover de Tajo (Toledo), para su adecuación a la normativa vigente de aplicación.
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Resumen del contrato
El objeto del contrato es la ejecución de obras de actualización y mejora del Punto Limpio fijo municipal, sito en calle Argentina, nº 25 de Añover de Tajo (Toledo), para su adecuación a la normativa vigente de aplicación.
Criterios de Adjudicación
- Documentos relativos a la oferta, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática42%
- Instalación y puesta en marcha de sistema de videovigilancia en el todo el recinto del Punto Limpio20%
- Más equipamiento5%
- Ejecución de cm adicionales de espesor del muro perimetral de hormigón armado30%
- Equipamiento de la instalación3%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por de la siguiente manera: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 126.340,58 euros. A los efectos del artículo 75 LCSP, se podrá acreditar la solvencia económico-financiera basándose en los medios de otra entidad, siempre que la empresa licitadora aporte escritura de responsabilidad solidaria entre ambas empresas para la ejecución del presente contrato.
- Consideraciones de tipo medioambiental
CLÁUSULA 19 PCAP
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
- Capacidad de obrar
- Requisito
En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
Documentación oficial adjunta (15)
- PDFANEXO VII.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO IX.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO III.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VI.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO II.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO V.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO VIII.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO IV.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo desierta licitaciónPliegos y anexos oficiales
- PDFMEMORIA TECNICA VALORADA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45222100
- Expediente1563/2025
- Publicado05 may 2026

