Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany
Baleares|Illes Balears
Obras de rehabilitación estructural y reforma gradas campo de fútbol de Sant Antoni de Portmany
Descubre si esta licitación encaja contigo
Resumen del contrato
Obras de rehabilitación estructural y reforma gradas campo de fútbol de Sant Antoni de Portmany
Criterios de Adjudicación
- Criterios cualitativos automáticos40%
- Proposición económica.60%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo medioambiental
Ver claúsula vigesimosegunda de los pliegos administrativos.
- Capacidad de obrar
- Requisito
- Jefe de Obra: Un Técnico titulado competente (Ingeniero Técnico, Ingeniero Superior, Arquitecto o Arquitecto Técnico) con una experiencia mínima demostrable de tres (3) años en la ejecución y dirección de obras de rehabilitación, refuerzo estructural o reparación de patologías del hormigón. Este perfil deberá estar adscrito directamente a pie de obra para asumir las funciones de jefatura y coordinación técnica y de seguridad durante toda la vigencia del contrato. - Condiciones de sustitución (Obligación esencial): Cualquier sustitución del personal adscrito durante la ejecución de la obra tendrá carácter excepcional. El nuevo técnico propuesto deberá acreditar el cumplimiento estricto de los mismos requisitos mínimos de titulación y experiencia exigidos inicialmente. La sustitución no será efectiva sin la comunicación previa y la autorización expresa y por escrito de la Dirección Facultativa y del responsable del contrato.
- Relación de principales suministros (OSR)
Para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, que no estén obligadas a disponer de clasificación, deberán acreditarse los siguientes niveles mínimos de solvencia (Art. 78 LCSP) conforme a los siguientes parámetros: Solvencia técnica o profesional (Art. 88.3 LCSP): Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, de naturaleza análoga al objeto del contrato (refuerzos estructurales y edificación pública), cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del Valor Estimado del Contrato o 0,70 x 1.685.693,06 € = 1.179.985,14 €.
- Volumen anual de negocios
Para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, que no estén obligadas a disponer de clasificación, deberán acreditarse los siguientes niveles mínimos de solvencia: Solvencia económica y financiera (Art. 87.1.a LCSP): Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a una vez y media (1,5) el Valor Estimado del Contrato. o1,5 x 1.685.693,06 € = 2.528.539,59 €.
Documentación oficial adjunta (10)
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFProyecto Bc3Pliegos y anexos oficiales
- PDFAnexos editable.docPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexos.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45453100
- Expediente15717/2025
- Publicado20 jul 2026

