Pleno del Ayuntamiento de Torralba de Los Frailes
Aragón
Obras de construcción de edificio para dos viviendas de alquiler
Resumen del contrato
Obras de construcción de edificio para dos viviendas de alquiler
Criterios de Adjudicación
- Gestión y valorización de residuos de construcción y demolición (RCD)5%
- Medidas de gestión y separación de residuos en obra2%
- Reducción del plazo de ejecución10%
- Adscripción de personal técnico y operativo a la obra10%
- Responsabilidad social empresarial4%
- Medios técnicos adscritos a las obras15%
- Uso de materiales reciclados o reutilizados3%
- Memoria sobre las condiciones de ejecución de obra y programa de trabajos20%
- Disponibilidad de medio materiales para respuesta operativa15%
- Fomento del empleo vinculado al contrato6%
- Ampliación del plazo de garantía de la obra10%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
Se establece como requisito mínimo que el licitador haya ejecutado al menos una (1) obra de naturaleza similar al objeto del contrato durante los últimos cinco años, acreditadas mediante certificados de buena ejecución expedidos por la entidad contratante. Dichas obras deberán corresponder a trabajos de edificación, tales como construcción, rehabilitación o reforma de edificios. Se establece como requisito mínimo que el importe acumulado sea igual o superior 70 % del valor estimado del contrato, esto es, 96.092,11 €
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Volumen anual de negocios
Declaración acreditativa de la cifra anual de negocios, cuyo valor mínimo será igual al valor estimado del presente contrato (137.274,44 €) referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe, incorporando a tal fin certificado de la AEAT de cifras de negocio o acompañando cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
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Documentación oficial adjunta (2)
- PDFSEPARATA PROVINCIA Presupuesto y mediciones.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP edificio.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45211300
- Expediente16/2026
- Publicado15 may 2026

