Presidencia de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya
Comunidad de Madrid|Madrid
Suministro a través de arrendamiento/alquiler de un (1) camión (FURGÓN L3H1) carrozado con trampilla elevadora y puerta lateral para el servicio de recogida de residuos “puerta a puerta” en los municipios de la Sierra Norte de Madrid
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Resumen del contrato
Suministro a través de arrendamiento/alquiler de un (1) camión (FURGÓN L3H1) carrozado con trampilla elevadora y puerta lateral para el servicio de recogida de residuos “puerta a puerta” en los municipios de la Sierra Norte de Madrid
Criterios de Adjudicación
- INSTALACIÓN DE VINILOS5%
- AUMENTO DEL KILOMETRAJE ANUAL10%
- CAJA DE CAMBIOS AUTOMÁTICA5%
- CRITERIO ECONOMICO50%
- REDUCCIÓN DEL PLAZO DE ENTREGA30%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo social
Eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en el mercado laboral, favoreciendo la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo. Adoptar medidas para prevenir la siniestralidad laboral
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica o profesional del empresario (artículo 89 LCSP) deberá acreditarse mediante la relación de los principales suministros realizados en los tres (3) últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, con indicación del importe, fecha y destinatario, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Las empresas de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años), cuando el contrato no esté sujeto a regulación armonizada, podrán acreditar su solvencia técnica por uno o varios de los medios a que se refiere el artículo 89.1, letras b), c), d), e), f), g), sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.
- Consideraciones de tipo medioambiental
El mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato. La promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables
- Volumen anual de negocios
La solvencia económica y financiera del empresario (artículo 87 LCSP) deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres (3) últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación, 57.600,00 euros. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito y por una declaración del empresario indicando el volumen de negocios de la empresa en el ámbito al que se refiera el contrato. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Las empresas de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años) que carezcan de cuentas anuales registradas o dichas cuentas fueran insuficientes, podrán optar entre presentar un justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato, 57.600,00 euros, o bien aportar declaración censal de comienzo de la actividad, así como un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que el banco o entidad financiera que emite el informe conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo.
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos
La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, en caso que el contrato requiera la cesión y tratamiento de datos personales del órgano de contratación como responsable del tratamiento al contratista
Documentación oficial adjunta (7)
- PDFDECRETO ADJUDICACIÓNPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP ALQUILER DE FURGONETA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT ALQUILER DE FURGONETA.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDECRETO APROBACION EXPTEPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 34144511
- Expediente17/2026 ALQUILER FURGONETA (70/2026)
- Publicado17 jul 2026

