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Contrato mixto de suministro de papel y servicios de impresión, trepado, plegado, sellado, clasificado y depósito en correos de recibos y documentos de recaudación de tributos e ingresos de derecho público en periodo voluntario y ejecutivo.
Descubre si esta licitación encaja contigo
Resumen del contrato
Contrato mixto de suministro de papel y servicios de impresión, trepado, plegado, sellado, clasificado y depósito en correos de recibos y documentos de recaudación de tributos e ingresos de derecho público en periodo voluntario y ejecutivo.
Análisis del pliego
Licitación de la Diputación de León para un contrato mixto de suministro de papel (8,63%) y servicios de impresión y manipulado de recibos tributarios (91,37%) con un presupuesto base de 34.750,00 € (sin IVA) y un valor estimado de 139.000,00 € que incluye 3 prórrogas anuales. El procedimiento es abierto simplificado y se adjudica mediante criterios 100% automáticos, destacando el precio (85%) y la disponibilidad de un centro de respaldo alternativo (15%). Se exige una solvencia económica de 52.125,00 € y técnica de 24.325,00 € en servicios similares.
Criterios de Adjudicación
- Oferta económica85%
- Disponibilidad de centro alternativo de respaldo ante posibles contingencias15%
Requisitos y Solvencia
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Consideraciones de tipo medioambiental
Con el fin de disminuir el gasto innecesario de recursos y de colaborar con el reciclaje y la conservación del medio ambiente, todos los trabajos de impresión deberán hacerse a doble cara, en blanco y negro y en el papel facilitado por Diputación, [...] Ver condiciones completas en Letra T del PCAP.
- Títulos académicos y profesionales
Declaración sobre personas con discapacidad
- Relación de principales suministros (OSR)
Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en el apartado N de las "Características del contrato" del PCAP. Criterio a utilizar: Relación de los principales servicios realizados, referido al año de mayor ejecución, en los últimos tres años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato: Requisito mínimo a acreditar: importe igual o superior a 24.325,00 € (70% de la anualidad media del contrato). Medio de acreditación: Certificados de buena ejecución, indicando importes, fechas y destinatario público o privado en el que haya participado el personal técnico participante: o Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, el certificado será expedido o visado por el órgano competente. o Cuando el destinatario sea un sujeto privado, el certificado será expedido por este o, a falta de este certificado, se podrá efectuar mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos que obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación de dichos servicios. Las empresas de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), acreditarán su solvencia técnica, por medio del siguiente punto, según lo previsto en el artículo 90.1.h) de la Ley de Contratos del Sector público: - Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjunta la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Ver Letra N del PCAP.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Volumen anual de negocios
Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP. Criterio a utilizar: Volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos Requisito mínimo a acreditar: importe igual o superior a 52.125,00 euros (1,5 el valor anual medio del contrato). Medio de acreditación: Certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria. Ver Letra N del PCAP.
Documentación oficial adjunta (8)
- PDFModelo papel acusePliegos y anexos oficiales
- PDFPAPEL ACUSE.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFModelo papel reciboPliegos y anexos oficiales
- PDFPAPEL RECIBO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP_1736716F.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPPT_1736716F.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 79800000
- Expediente1736716F
- Publicado20 jul 2026

