Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
Galicia
Pequeñas obras de mantenimiento en el viario urbano y espacios públicos de la zona urbana de Pontevedra
Descubre si esta licitación encaja contigo
Resumen del contrato
Pequeñas obras de mantenimiento en el viario urbano y espacios públicos de la zona urbana de Pontevedra
Criterios de Adjudicación
- Plan de prestación de la actividad regulada65%
- Oferta económica100%
Requisitos y Solvencia
- Volumen anual de negocios
Las empresas acreditarán la solvencia económica y financiera, con la siguiente clasificación de empresas contratistas de obras: Grupo: G Subgrupo: 6 Categoría: 4 Según el art. 78 de la LCSP los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que carezcan de la clasificación contractual exigida, demostrarán la solvencia económica segundo el art. 87.1 a) de la LCSP, a través del volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a la anualidad media prevista para el contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en el dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar registrado. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o aquel en que debieran de estarlo conforme a su normativa nacional.
- Relación de principales suministros (OSR)
Las empresas acreditarán la solvencia técnica, con la siguiente clasificación de empresas contratistas de obras: Grupo: G Subgrupo: 6 Categoría: 4 Respeto de los referidos empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que carezcan de la señalada clasificación contractual, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la fórmula que concreta el punto 1. a) del artículo 88 de la LCSP, mediante la presentación de la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considerará que se cumple la solvencia si se acredita en al menos uno de esos años un importe anual acumulado de obras igual o superior a la anualidad media prevista para el contrato.
- Capacidad de obrar
Documentación oficial adjunta (6)
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP pequenas obras.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoObras
- CategoríaCPV 45233141
- Expediente2026/ABO/000002
- Publicado17 jul 2026

