Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
Galicia
Contratación de la cobertura de riesgos diversos de la flota de vehículos de motor de titularidad del Ayuntamiento de Pontevedra
Resumen del contrato
Contratación de la cobertura de riesgos diversos de la flota de vehículos de motor de titularidad del Ayuntamiento de Pontevedra
Criterios de Adjudicación
- Incremento de la suma asegurada por fallecimiento e invalidez permanente del conductor en relación al recogido a las bases técnicas (30.000 € por fallecimiento o invalidez)10%
- Oferta económica50%
- Garantía de daños propios sin franquicia para los vehículos determinados en el pliego de prescripciones técnicas por el Concello de Pontevedra40%
Requisitos y Solvencia
- Capacidad de obrar
- Relación de principales suministros (OSR)
Según lo establecido en el art. 90.2 de la LCSP, se efectuará mediante la experiencia en la prestación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o igual naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (53.816,00 €). A los efectos de acreditar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último, se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.
- Volumen anual de negocios
Según lo establecido en el artículo 87.3 de la LCSP, se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato (115.320,00 €). Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
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Documentación oficial adjunta (6)
- PDFANEXO I LISTADO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP seguro.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 66510000
- Expediente2026/ABS/000003
- Publicado01 jul 2026

