Dirección del Centro Penitenciario de Puerto 2
Andalucía
Contratación de Servicio de Limpieza de oficinas y otras dependencias del Centro Penitenciario de Puerto II y de los locales y oficinas del CIS y del SGPMA de Jerez de la Frontera.
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Resumen del contrato
Contratación de Servicio de Limpieza de oficinas y otras dependencias del Centro Penitenciario de Puerto II y de los locales y oficinas del CIS y del SGPMA de Jerez de la Frontera.
Criterios de Adjudicación
- oferta economica80%
- otro criterio20%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Requisito
empresa adscribirá los medios materiales y personales según marca el Anexo III del PPT necesarios para la ejecución del contrato. En caso de obligación de subrogación por convenio, la empresa adjudicataria deberá cumplir la misma respetando los derechos salariales adquiridos de los trabajadores. Dicha adscripción tiene carácter de esencial.
- Patrimonio neto
el adjudicatario se obliga a concertar y mantener actualizada durante la vigencia del contrato, una póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los posibles riesgos que asume bajo este contrato ante la Dirección General de Instituciones Penitenciarias o terceros, por un importe mínimo de 30.000 euros. Una copia de la póliza será entregada En el Centro Penitenciario de Puerto II, en el momento de la formalización del contrato.
- Requisito
Solvencia Técnica: ART. 90 LCSP Se efectuará mediante la relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto del contrato efectuados en los últimos tres años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al setenta por ciento de la anualidad del contrato. Se acreditará cuando el destinatario sea una entidad pública mediante certificado expedido por el órgano competente; cuando el destinatario sea privado, mediante certificación o declaración del empresario acompañado de los documentos que acrediten la realización de la prestación. La solvencia podrá acreditarse mediante la inscripción en el ROLECE si los datos de solvencia están inscritos en este registro. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios
- Requisito
la empresa adjudicataria deberá aportar un Plan de Prevención de Riesgos laborales específico para este contrato, en el momento de la formalización del contrato.
- Requisito
- Los contratistas cumplirán las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social y laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el anexo V de la LCSP.
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Relación de principales suministros (OSR)
La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable (7), integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: 14.5.5.a). Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la “entidad contratante”, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la “entidad contratante”, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. 14.5.5.b). Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. 14.5.5.c). Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. 14.5.5.d). Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo, a tal efecto, coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la “entidad contratante”, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. 14.5.5.e). Informar a la “entidad contratante” acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
- Volumen anual de negocios
olumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros.
Documentación oficial adjunta (3)
- PDFPPTpdfxsig.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFCuadro Caracteristicas PCAPpdfxsig.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAPpdfxsig.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 90000000
- Expediente202600000008
- Publicado10 jul 2026

