Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid
Comunidad de Madrid|Madrid
Contrato de suministro de material de senbilización para la promoción de la Igualdad y la Prevención de la violencia de género.
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Resumen del contrato
Suministro de material de sensibilización para la promoción de la igualdad y la prevención de la violencia de género (compra, fabricación, personalización y entrega de material de merchandising).
Análisis del pliego
Contrato de suministro de material de sensibilización y merchandising para la promoción de la igualdad y prevención de la violencia de género del Ayuntamiento de Madrid, con un presupuesto base de 69.990,00 € (sin IVA) y un valor estimado de 139.980,00 € que incluye una prórroga de 12 meses. El procedimiento es abierto simplificado con criterios de adjudicación 100% automáticos (60% precio y 40% reducción del plazo de entrega). Se exige una solvencia económica y técnica de 69.990,00 € en el mejor de los últimos tres años.
Criterios de Adjudicación
- Mejoras plazo de entrega del suministroReducción del plazo de entrega base de 10 días hábiles (9 días = 5 pts, 8 días = 10 pts, 7 días = 20 pts, <=6 días = 40 pts).40%
- Mejora económicaPorcentaje de baja lineal sobre la totalidad de los precios unitarios de licitación.60%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo medioambiental
Según apartado 22 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
- Consideraciones de tipo social
Según apartado 22 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Volumen anual de negocios
Que el volumen anual de negocios del licitador/a, referido al ejercicio de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior al presupuesto del contrato (IVA excluido), lo que se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad o por medio de sus Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Por otra parte, como medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de conformidad con lo establecido en el art. 86.1 párrafo 3º de la LCSP, cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
- Títulos académicos y profesionales
Declaración sobre personas con discapacidad
- Relación de principales suministros (OSR)
Las entidades licitadoras deberán acreditar haber realizado suministros que guarden relación con el objeto del contrato, efectuados por la interesada en el curso de los tres últimos años contados hasta la fecha final de presentación de ofertas, por un importe anual ejecutado, durante cualquiera de esos tres años, igual o superior al presupuesto del contrato (IVA excluido). A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de CPV 22462000-6 Material de publicidad. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Empresas de nueva creación: Artículo 89.1 de la LCSP: Apartado b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: En el supuesto de empresas de nueva creación, entendiendo por ello, aquellas de antigüedad inferior a 5 años, se exigirá una declaración responsable del representante legal de la entidad indicando el personal técnico de que disponen, integrado o no en la empresa, para el control de calidad de su actividad, estableciéndose como requisito mínimo de solvencia técnica contar, al menos, con una persona para el desarrollo de estas funciones. Conforme a lo establecido en el artículo 75 LCSP, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
Documentación oficial adjunta (8)
- PDF27752704-Pliegodeprescripcione-PPT4pdf_firmado.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFEstudio Económico (Memoria económica merchan (simplificado).pdf_firmado (1).pdf)Pliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF28196148-PliegodeClusulasAdminist-001003PCA_OE.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAyuda a los licitadoresPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo aprob de pliegosPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 22462000
- Expediente300/2026/01644
- Publicado17 jul 2026

