Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas
Andalucía
Contrato de Obras de Acondicionamiento y Mejora de la Plaza de la Extremeña.
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Resumen del contrato
Contrato de Obras de Acondicionamiento y Mejora de la Plaza de la Extremeña.
Criterios de Adjudicación
- Ampliación del Plazo de Garantía del Contrato5%
- Mejora15%
- Precio80%
Requisitos y Solvencia
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Consideraciones de tipo social
Véase el apartado N.1 del CCP.
- Justificante de seguro de indemnización
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f) Este requisito previo se acreditará INICIALMENTE mediante la presentación del DEUC. Las empresas que figuren inscritas en el ROLECE o equivalente autonómico, no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. POSTERIORMENTE, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP Tipo y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
- Relación de principales suministros (OSR)
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f) Este requisito previo se acreditará INICIALMENTE mediante la presentación del DEUC. Las empresas que figuren inscritas en el ROLECE o equivalente autonómico, no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. POSTERIORMENTE, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP Tipo y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
- Volumen anual de negocios
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f) Este requisito previo se acreditará INICIALMENTE mediante la presentación del DEUC. Las empresas que figuren inscritas en el ROLECE o equivalente autonómico, no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. POSTERIORMENTE, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP Tipo y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Véase el apartado N.2 del CCP.
- Requisito
Para poder participar en este procedimiento es necesario que las empresas estén inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ( ROLECSP ) o registro autonómico equivalente. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación ( artículo 159.4.a) de la LCSP ). Tras la apertura del sobre o archivo electrónico la mesa comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en el artículo 159.4.f) Este requisito previo se acreditará INICIALMENTE mediante la presentación del DEUC. Las empresas que figuren inscritas en el ROLECE o equivalente autonómico, no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. POSTERIORMENTE, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP Tipo y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
Documentación oficial adjunta (19)
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo II A y B Modelo Declaracion Responsable Complementaria al DEUC.odtPliegos y anexos oficiales
- PDFFicha de Terceros.odtPliegos y anexos oficiales
- PDFAnuncio Requerimiento Documentación PreviaPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo III__B.docPliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFCuadro de Caracteristicas Particulares 2026 0003.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo Medios Personales y Materiales.odtPliegos y anexos oficiales
- PDFProyecto 2026 0003 La Extremena.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFActa del órgano de asistenciaPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDEUC.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFModelo Declaracion de Ausencia de Conflictos de Intereses.odtPliegos y anexos oficiales
- PDFActos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP Tipo Contrato de Obras.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45112711
- Expediente5295/2026
- Publicado07 jul 2026

