Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya
Andalucía
Servicio de formación en Prevención de violencia sexual y Punto violeta, Expediente S-19/2026.
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Resumen del contrato
Servicio de formación en Prevención de violencia sexual y Punto violeta, Expediente S-19/2026.
Criterios de Adjudicación
- Experiencia en impartir formación en el alumnado de secundaria en materia de prevención de Agresiones sexuales del Técnico/a de Gestión15%
- Formación en materia de en violencia de género o similar del Técnico/a de Gestión20%
- Oferta económica49%
- Experiencia en la gestión de Puntos Violetas del Técnico/a de Gestión16%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Las empresas tendrán solvencia técnica o profesional cuando dispongan de los siguientes medios de forma acumulativa: -La adscripción de un equipo de trabajo constituido por los siguientes profesionales (art. 90.1.b) de la LSCP): oTécnico/a de Gestión - 1 persona: Es quien tiene a su cargo el diseño y la organización de proyectos educativos, pedagógicos, de la empresa o entidad. Dependiendo de él, las diversas funciones de diseño y ejecución, estando al tanto de la legislación y las disposiciones oficiales. Así mismo, será responsable de las tareas administrativas y de gestión para dar cobertura al diseño y organización de dichos proyectos. Formación: Titulación universitaria Grado/Licenciatura en Psicología, y experto/a en igualdad y diversidad o similar al experto en igualdad. Siendo necesarias ambas titulaciones. oTécnico/a especialista – 2 personas: Es quien, reuniendo la formación necesaria, es contratado para cumplir una función específica de su titulación que pueda ejecutarse con autonomía, así como con el conocimiento y capacidades necesarias para utilizar instrumentos y técnicas propias necesarias para el desarrollo del proyecto que se trate. Podrán desarrollar su tarea en cualquier organización que contemple la realización de programas del ámbito funcional del convenio, con apoyo y dirección de un profesional de nivel superior. Formación: Técnica/o en Igualdad, Coach certificada/o o mediadora/o o técnica/o en promoción de igualdad de género. Siendo suficiente una de ellas. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Volumen anual de negocios
Las empresas dispondrán de solvencia económica y financiera cuando el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas sea igual o superior a 16.513,35 € (art. 87.1.a) de la LCSP). En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
- Relación de principales suministros (OSR)
Las empresas tendrán solvencia técnica o profesional cuando dispongan de los siguientes medios de forma acumulativa: -Los principales servicios efectuados en los tres últimos años supongan un importe anual acumulado, en el año de mayor ejecución, igual o superior 7.706,23 €, esto es, el 70 % de la anualidad media del contrato, IVA excluido (art. 90.1.a) de la LSCP). En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
- Parte a subcontratar
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Consideraciones de tipo social
Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
- Cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Mundial del Trabajo
Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
- No prohibición para contratar
- Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer
Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Documentación oficial adjunta (6)
- PDF20260610_Pliego_Prescripciones_Tecnicas_Particulares_Exp_S_19_2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFNota AclaratoriaPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF20260610_Pliego_Clausulas_Administrativas_Particulares_Exp_S_19_2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 80000000
- Expediente5486/2026
- Publicado29 jun 2026

