Alcaldía del Ayuntamiento de Santiago de Calatrava
Andalucía
El presente Pliego tiene por objeto la concesión del uso privativo del dominio público con destino al servicio de barra, terraza y salón restaurante o de reuniones de la Piscina Municipal de Santiago de Calatrava (Jaén).
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Resumen del contrato
El presente Pliego tiene por objeto la concesión del uso privativo del dominio público con destino al servicio de barra, terraza y salón restaurante o de reuniones de la Piscina Municipal de Santiago de Calatrava (Jaén).
Criterios de Adjudicación
- Mayor experiencia profesional en el ramo de la hostelería y/o restauración10%
- Por prestación del servicio5%
- Mejora al canon3%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Están facultadas para contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, acrediten su solvencia técnica. La Solvencia técnica del empresario se podrá acreditar por alguno de los siguientes medios: a)Mediante una relación de los trabajos realizados en los tres últimos años, dentro del ramo de la Hostelería y/o Restauración, que incluya importes, fechas, beneficiarios públicos o privados de los mismos. b)Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones. Ver clausula sexta del PCAP.
- Consideraciones de tipo medioambiental
Ver clausula decimonovena del PCAP.
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Requisito
Están facultadas para contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, acrediten su solvencia económico-financiera. La Solvencia económico-financiera se podrá acreditar por alguno de los siguientes medios: a)Informe de Instituciones Financieras en el que se haga constar de forma expresa que el licitador tiene solvencia económica para hacer frente a las obligaciones para la explotación del bar-restaurante de la Piscina Municipal de Santiago de Calatrava. (Anexo IV), modelo orientativo de certificado de solvencia económica-financiera). O, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b)Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil podrán acreditar su volumen anual de negocios mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el valor añadido (Modelo 390). c)Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida de que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Ver clausula sexta del PCAP.
Documentación oficial adjunta (5)
- PDF5 Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF09 Anexos.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF5 Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoPrivado
- CategoríaCPV 55330000
- Expediente59/2026
- Publicado12 jun 2026

