Alcaldia del Ayuntamiento de Arjonilla
Andalucía
Contratación de monitores clases de instrumento para la escuela de música de Arjonilla.
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Resumen del contrato
Contratación de monitores clases de instrumento para la escuela de música de Arjonilla.
Criterios de Adjudicación
- Proyecto auto organizativo del servicio.25%
- Precio75%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica o profesional. Relación de los servicios o trabajos de igual o similar naturaleza al objeto del presente contrato que el licitador haya realizado en los últimos tres años en la que se concrete importe, fechas, destinatario público o privado de los mismos. A la citada relación se acompañará de certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica si, de la documentación aportada, resulta que la persona física o jurídica acredita haber prestado uno o varios servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Ver clausula octava del PCAP.
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Requisito
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica, financiera. Solvencia económica o financiera. Volumen anual de negocio por importe igual o superior al valor estimado del contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Se acreditará de cualquiera de las siguientes formas: - Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. - Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Ver clausula octava del PCAP.
Documentación oficial adjunta (6)
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFResolución corrección errorPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPCAP MONITORES INSTRUMENTOS.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 80000000
- Expediente757/2026
- Publicado16 jul 2026

