Alcaldía del Ayuntamiento de Horcajo de Santiago
Castilla La Mancha|Castilla-La Mancha
El objeto del contrato es la prestación del servicio de gestión de la Escuela Infantil Municipal Hervás y Panduro (código del centro 16009544) destinada a la impartición del primer ciclo educativo de Educación Infantil.
Resumen del contrato
El objeto del contrato es la prestación del servicio de gestión de la Escuela Infantil Municipal Hervás y Panduro (código del centro 16009544) destinada a la impartición del primer ciclo educativo de Educación Infantil.
Criterios de Adjudicación
- PROYECTO EDUCATIVO30%
- PROYECTO DE GESTIÓN15%
- COLABORACIÓN EN LA GESTIÓN RECAUDATORIA DE LA TASA10%
- PROPOSICIÓN ECONÓMICA45%
Requisitos y Solvencia
- Relación de principales suministros (OSR)
La solvencia técnica del empresario se acreditará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes: a. Mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cuatro años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Tales servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. b. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. En particular, será necesaria la capacitación profesional del personal contratado para atender a los niños. c. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
- Capacidad de obrar
- Patrimonio neto
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a. Declaraciones apropiadas de entidades financieras. b. Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, conforme el artículo 87.3 b) de la LCSP. c. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
- No prohibición para contratar
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Documentación oficial adjunta (4)
- PDFPCAP ESCUELA INFANTIL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFPPT ESCUELA INFANTIL.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXOS I A IV.docxPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 80110000
- Expediente832/2026
- Publicado03 jul 2026

