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VAL

Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Valladolid

Valladolid

Es necesaria la celebración de un contrato para llevar a cabo el lavado y planchado de ropa utilizada para atender a los internos y usuarios de la Residencia Asistida la Rubia y la UVAD.

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Resumen del contrato

Es necesaria la celebración de un contrato para llevar a cabo el lavado y planchado de ropa utilizada para atender a los internos y usuarios de la Residencia Asistida la Rubia y la UVAD.

Presupuesto sin IVA
199.254 €
Duración del contrato
N/A
Fecha de Publicación
14 may 2026
Lugar de Ejecución
Valladolid
⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Kg. de ropa a lavar y planchar de tipos de ropa no recogidos en el PPT
    10%
  • Oferta económica
    90%
📋

Requisitos y Solvencia

  • No prohibición para contratar
  • Consideraciones de tipo medioambiental

    En condiciones especiales de ejecución.

  • Capacidad de obrar
  • Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos

    Se establece como condición especial de ejecución del contrato, de conformidad con el artículo 202.1 de la LCSP, la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211.

  • Consideraciones de tipo social

    Contrato reservado. Incorpora clausulas sociales.

  • Relación de principales suministros (OSR)

    Se acreditará a través de los siguientes medios: Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV que figura en la cláusula 4 de este pliego. Cuando el contratista sea un centro de nueva creación, entendiendo por tal aquel que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará de la forma establecido en el artículo 90.4 de la LCSP: - Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, y del número de directivos durante los tres últimos años, debiendo disponer en plantilla de al menos 15 trabajadores y un directivo.

  • Muestras, descripciones y fotografías

    Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

  • Volumen anual de negocios

    Se acreditará del modo siguiente: -Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser al menos de una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior al año.

  • Requisito

    Se acreditará a través de los siguientes medios: Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV que figura en la cláusula 4 de este pliego. Cuando el contratista sea un centro de nueva creación, entendiendo por tal aquel que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará de la forma establecido en el artículo 90.4 de la LCSP: - Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, y del número de directivos durante los tres últimos años, debiendo disponer en plantilla de al menos 15 trabajadores y un directivo.

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento obligaciones Seg. Social

    Cumplimiento con las obligaciones tributarias

  • Cumplimiento obligaciones tributarias

    Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

  • Títulos académicos y profesionales

    Declaración sobre personas con discapacidad

Documentación oficial adjunta (6)

  • PDF
    Acuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Informe de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Pliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Pliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v001.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Documento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
199.254 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 01 jun 2026
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto
  • TipoServicios
  • CategoríaCPV 98310000
  • ExpedienteA2026/001440
  • Publicado14 may 2026
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