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VAL

Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Valladolid

Valladolid

Suministro de productos de un solo uso para los centros dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Valladolid, para un período de 12 meses.

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Resumen del contrato

Suministro de productos de un solo uso para los centros dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Valladolid, para un período de 12 meses.

Presupuesto sin IVA
188.786 €
Duración del contrato
N/A
Fecha de Publicación
21 may 2026
Lugar de Ejecución
Valladolid
⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Oferta económica
    90%
  • Etiqueta ecológica
    10%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Relación de principales suministros (OSR)

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1.a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales suministros efectuados en los (3) tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 132.149,92 € (con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato). Acreditación: A requerimiento del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego. - De conformidad al artículo 89.1.h) LCSP, si el licitador es una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará a través de una descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y los medios de estudio e investigación de la empresa, y por tanto no se aplicará lo relativo a la ejecución de un número determinado de suministros de igual o similar naturaleza al objeto del contrato.

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Consideraciones de tipo social

    Incorpora clausulas sociales.

  • Cumplimiento obligaciones tributarias

    Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

  • Títulos académicos y profesionales

    Declaración sobre personas con discapacidad

  • Muestras, descripciones y fotografías

    Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

  • Volumen anual de negocios

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 283.178,41€ (una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

  • Cumplimiento obligaciones Seg. Social

    Cumplimiento con las obligaciones tributarias

  • No prohibición para contratar
  • Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos

    Se establece como condición especial de ejecución del contrato, de conformidad con el artículo 202.1 de la LCSP, la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211.

  • Capacidad de obrar

Documentación oficial adjunta (5)

  • PDF
    Pliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Documento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Pliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v001.pdfPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
188.786 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 09 jun 2026
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto
  • TipoSuministros
  • CategoríaCPV 33770000
  • ExpedienteA2026/001479
  • Publicado21 may 2026
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