Dirección Provincial de Educación en Ávila
Castilla y León|Castilla y Leon
Dirección de ejecución de la obra de Cerramiento de pista deportiva exterior en IES Adaja de Arévalo (Ávila)
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Resumen del contrato
Dirección de ejecución de la obra de Cerramiento de pista deportiva exterior en IES Adaja de Arévalo (Ávila)
Criterios de Adjudicación
- Precio u oferta económica49%
- Redacción de una memoria explicativa sobre el trabajo de la dirección de ejecución a desarrollar35%
- Incremento del número de visitas para el seguimiento del desarrollo de las obras16%
Requisitos y Solvencia
- No prohibición para contratar
- Patrimonio neto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 b) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato (24.793,39 €), aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de siete días hábiles al que se refiere el apartado 4 del artículo 159 de la LCSP. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. Acreditación documental: - Póliza o certificado de seguro en vigor que cubra las incidencias que pudieran surgir hasta la fecha finalización del contrato. - Justificante bancario del pago de la póliza del seguro.
- Requisito
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al menos del 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 10.847,10 euros (sin IVA), A requerimiento del órgano de contratación, los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 90.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del título o certificado justificativo.
- Relación de principales suministros (OSR)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al menos del 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 10.847,10 euros (sin IVA), A requerimiento del órgano de contratación, los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 90.1 b) con indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad debiendo contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del título o certificado justificativo.
- Muestras, descripciones y fotografías
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Consideraciones de tipo social
Incorpora clausulas sociales.
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Parte a subcontratar
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Títulos académicos y profesionales
Declaración sobre personas con discapacidad
Documentación oficial adjunta (8)
- PDFJustificación de elección de procedimientoPliegos y anexos oficiales
- PDFPliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFPliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v001.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFComposición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
- PDFInforme de insuficiencia de mediosPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoServicios
- CategoríaCPV 71520000
- ExpedienteA2026/002065
- Publicado27 may 2026

