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Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio de la Junta de Castilla y León

Castilla y León|Castilla y Leon

El objeto del contrato es el suministro e instalación para el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de León de un banco de ensayo y calibración para contadores de gas membrana.

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Resumen del contrato

El objeto del contrato es el suministro e instalación para el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de León de un banco de ensayo y calibración para contadores de gas membrana.

Presupuesto sin IVA
66.116 €
Duración del contrato
N/A
Fecha de Publicación
21 jul 2026
Lugar de Ejecución
Castilla y León|Castilla y Leon
⚖️

Criterios de Adjudicación

  • Evaluación del coste
    100%
📋

Requisitos y Solvencia

  • Muestras, descripciones y fotografías

    Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

  • Consideraciones de tipo social

    Incorpora clausulas sociales.

  • Requisito

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 46.280,99 €. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 89.1 c) con indicación de las medidas empleadas para garantizar la calidad. En este caso el contratista deberá disponer de la certificación ISO-9001 (sistema de gestión de la calidad) emitida por una entidad acreditada por ENAC o por otro organismo nacional de acreditación y cuyo alcance incluya el diseño, fabricación y mantenimiento de sistemas de ensayo de contadores de gas.

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento obligaciones tributarias

    Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

  • Títulos académicos y profesionales

    Declaración sobre personas con discapacidad

  • Relación de principales suministros (OSR)

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 46.280,99 €. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 89.1 c) con indicación de las medidas empleadas para garantizar la calidad. En este caso el contratista deberá disponer de la certificación ISO-9001 (sistema de gestión de la calidad) emitida por una entidad acreditada por ENAC o por otro organismo nacional de acreditación y cuyo alcance incluya el diseño, fabricación y mantenimiento de sistemas de ensayo de contadores de gas.

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento obligaciones Seg. Social

    Cumplimiento con las obligaciones tributarias

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Volumen anual de negocios

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser al menos el valor estimado del contrato: 66.115,70 €. La experiencia adquirida durante la gestión de un contrato anterior (A2023/005224), indica que no hay un gran número de licitadores potenciales, tratándose en algunos casos de pymes. Por ello, se ha considerado suficiente y proporcional al objeto del contrato garantizar la solvencia económica exigiendo una cifra de negocios igual al valor estimado del mismo para no limitar la concurrencia de potenciales licitadores y no provocar la exclusión de la licitación a pymes que pudiendo participar en la licitación no lo hagan por no cumplir con un criterio de solvencia económica demasiado exigente para ella. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Documentación oficial adjunta (9)

  • PDF
    Memoria justificativaPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Actos públicos informativos o de aperturas de ofertasPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Pliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v002.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Composición de la mesa de contrataciónPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Documento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Acuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Anexo I b Declaracion responsable multiple.docxPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Pliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdfPliegos y anexos oficiales
  • PDF
    Anexo I d Modelo oferta economica.docxPliegos y anexos oficiales
Presupuesto Base (Sin IVA)
66.116 €
Plazo de presentación
Plazo finalizado
Hasta el 17 jul 2026
  • EstadoAbierta
  • ProcedimientoAbierto
  • TipoSuministros
  • CategoríaCPV 38420000
  • ExpedienteA2026/006817
  • Publicado21 jul 2026
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