Vicepresidencia del Organismo Autónomo Municipal Parques y Jardines Singulares y Escuela Municipal de Jardineria y Paisaje
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Suministro e instalación de un área infantil singular en Valencia.
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Resumen del contrato
Suministro e instalación de un área infantil singular en Valencia.
Criterios de Adjudicación
- MEMORIA DE INTEGRACION PAISAJÍSTICA DEL ÁREA EN EL ENTORNO40%
- AMPLIACIÓN PLAZO GARANTÍA5%
- VALOR LÚDICO DE LA ZONA DE JUEGOS10%
- BAJA ECONÓMICA AL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN40%
- CRITERIOS MEDIOAMBIENTALES5%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3 últimos años. Número de suministros en el año de mayor ejecución: 5 suministros con un importe mínimo de 677.685,95 €. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a: tres primeros dígitos del/de los código/s CPV. SI requiere obras de colocación o instalación, prestación de servicios o ejecución de obras. En tal caso, deberá acreditarse la siguiente experiencia (art. 89.2 LCSP): haber realizado la instalación de elementos de juego en 5 parques infantiles singulares de 600 m2 como mínimo. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del/de la empresario/a acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En ellos se indicará el importe, la fecha y el destinatario (público o privado).
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
Volumen mínimo anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2023, 2024, 2025): 932.657,23€. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el/la empresario/a estuviera inscrito/a en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los/las empresarios/as individuales no inscritos/as en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil.
Documentación oficial adjunta (8)
- PDF11 RESOLUCION PJ 398 DE 13 07 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF06_PCAP_OAM_SUMINISTRO_PA_07 07 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF09 DRL-1.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF04_MEMORIA_JUSTIFICATIVA 25 06 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF07_ANNEX_I_SUM_JUEGO_SINGULAR_07 07 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF08 Anexo II EXP 2026 115.docPliegos y anexos oficiales
- PDF03 PPT 25 06 2026.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF11 ANEXO III_Adscripcion de medios.docxPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoSuministros
- CategoríaCPV 37535200
- ExpedienteEXP 70010 2026 115
- Publicado15 jul 2026

