Alcaldia del Ayuntamiento de Belalcazar
Córdoba
Contratación del servicio de una escultura de Mohamed Al-Gafequi, mediante procedimiento negociado sin publicidad.
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Resumen del contrato
Contratación del servicio de una escultura de Mohamed Al-Gafequi, mediante procedimiento negociado sin publicidad.
Criterios de Adjudicación
- Proposición económica.100%
Requisitos y Solvencia
- Requisito
Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio que se señalan a continuación: •El volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años, deberá ser igual o superior a la cantidad de importe de licitación. •El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de empresas de nueva creación, la solvencia puede ser acreditada por las garantías que presten sus accionistas, declaración de la cifra de capital social o compromisos vinculantes del grupo empresarial al que pertenezcan.
- No prohibición para contratar
- Requisito
Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica o profesional si cumple con los criterios que se señalan a continuación: •Haber realizado en los últimos tres años, obras de características similares al objeto del presente contrato, •La empresa licitadora debe aportar el compromiso de dedicación de los medios personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato. La empresa licitadora acreditará su solvencia técnica o profesional mediante la aportación de la documentación que se indica: •Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Las empresas de nueva creación pueden basarse en la solvencia y medios de otras entidades, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurran no esté incursa en prohibición de contratar. En el caso de empresas de nueva creación se les exime del cómputo de los tres años.
- Capacidad de obrar
Documentación oficial adjunta (4)
- PDF3_Pliego Prescripciones Tecnicas.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo I_Declaracion.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF4_Pliego de clausulas administrativas particulares.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAnexo II_Proposicion Economica.pdfPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoNegociado sin publicidad
- TipoServicios
- CategoríaCPV 92311000
- ExpedienteGEX 2025/4721
- Publicado17 dic 2025

