Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo
Comunidad de Madrid|Madrid
Obra de sustitución de los equipos de aire acondicionado tipo VRV en el edificio situado en Poeta Joan Maragall nº 41 de Madrid
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Resumen del contrato
Obra de sustitución de los equipos de aire acondicionado tipo VRV en el edificio situado en Poeta Joan Maragall nº 41 de Madrid
Criterios de Adjudicación
- A.Oferta económica70%
- B. Otros criterios cuantificables automáticamente. B.1 Garantía de las obras5%
- 1.1 Procesos de ejecución5%
- 1.3 Plan de calidad5%
- 1.2 Cronograma5%
- 1.4 Plan de actuaciones medioambientales10%
Requisitos y Solvencia
- Capacidad de obrar
- Requisito
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.1.a) de la LCSP, al tratarse de un contrato de obras con valor estimado superior a 500.000 euros, los empresarios españoles deberán acreditar su solvencia técnica mediante la correspondiente clasificación de contratista de obras, siendo adecuada al objeto del contrato la Grupo J, Subgrupo 2, Categoría 3, sin que resulte exigible, en este caso, la acreditación adicional de experiencia mínima. En el caso de empresarios no españoles, así como en los supuestos legalmente previstos en los que no resulte exigible la clasificación, la solvencia técnica o profesional se acreditará conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la LCSP, exigiéndose como requisito mínimo que el importe ejecutado dentro de los tres últimos años sea igual o superior al 70 % del importe del contrato, esto es, 544.551,33 €, en obras de naturaleza y características similares a las del objeto del contrato. Ver apartado 17 y 18 del cuadro de características del contrato del PCAP y diligencia de corrección de errores
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Consideraciones de tipo medioambiental
Ver apartado 28 del cuadro de características del contrato.
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Volumen anual de negocios
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.1.a) de la LCSP, al tratarse de un contrato de obras con valor estimado superior a 500.000 euros, los empresarios españoles acreditarán su solvencia económica y financiera mediante la correspondiente clasificación de contratista de obras, sin que resulte exigible una acreditación adicional de solvencia económica. En el caso de empresarios no españoles, la solvencia económica y financiera se acreditará conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, que sea al menos de una vez y media el valor estimado del contrato, esto es la cantidad de 964.376,61 €.Ver apartado 16 y 18 del cuadro de características del contrato del PCAP
- No estar incurso en incompatibilidades
Documentación oficial adjunta (10)
- PDFVisita voluntariaPliegos y anexos oficiales
- PDFMediciones en formato bc3Pliegos y anexos oficiales
- PDFMediciones y presupuesto en ExcelPliegos y anexos oficiales
- PDF4 Informe de supervision.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDocumento de aprobación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDF2 PCAP OBRA VRV PJM41.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF5 Aprobacion proyecto.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- PDF3 Proyecto de ejecucion de la obra.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFDiligencia corrección error Pliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto simplificado
- TipoObras
- CategoríaCPV 45331000
- ExpedienteM26.002.01
- Publicado17 jul 2026

