Rectorado de la Universidad de Extremadura
Extremadura
El servicio de mantenimiento de las instalaciones térmicas de la Universidad de Extremadura
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Resumen del contrato
El servicio de mantenimiento de las instalaciones térmicas de la Universidad de Extremadura
Criterios de Adjudicación
- Proposición económica45%
- Mejoras Concretas15%
- Prestación del servicio en los centros indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas30%
- Precio/hora Servicios no comprendidos en los pliegos5%
- Criterios sociales5%
Requisitos y Solvencia
- Consideraciones de tipo social
Favorecer la formación y garantizar la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo. Asimismo, deberá garantizarse la no discriminación, por razón de sexo, en las retribuciones de trabajadores y trabajadoras.
- Relación de principales suministros (OSR)
Artículo 90 de la LCSP, apartado/s: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se entiende por los tres últimos años el período de tres años anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, incluyendo el día de finalización. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato
- Consideraciones de tipo medioambiental
El mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.
- Capacidad de obrar
- Volumen anual de negocios
Artículo 87 de la LCSP, apartado/s: Se acreditará mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe, al menos, igual al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se entiende por los tres últimos años el período de tres años anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, incluyendo el día de finalización.
Documentación oficial adjunta (7)
- PDF07_SE_003_2026_Termicas ANEXO_I_report.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO_II_A_XII_SERVICIOS_ABIERTO.docPliegos y anexos oficiales
- PDF08_SE_003_2026 PPT_Instalaciones Termicas 2026_c report.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDF06_SE_003_2026_PCAP SERVICIOS ABIERTO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFAcuerdo de iniciación del expedientePliegos y anexos oficiales
- PDFCINMA PERSONAL ADSCRITO EN EXCLUSIVA A EJECUCION CONTRATO.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFMemoria justificativaPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 50700000
- ExpedienteSE.003/2026
- Publicado08 jul 2026

