Dirección Corporativa de Sainsel Sistemas Navales, S.A. Unipersonal
Comunidad de Madrid|Madrid
Servicio de asistencia técnica y apoyo operativo
Descubre si esta licitación encaja contigo
Resumen del contrato
Servicio de asistencia técnica y apoyo operativo
Criterios de Adjudicación
- Metodología de prestación del servicio10%
- Calidad y buenas prácticas5%
- Haber realizado la prestación de un servicio similar al del objeto de esta licitación en más de 3 clientes en los últimos 5 años2%
- Equipo asignado29%
- Integración con el equipo de ingeniería5%
- Precio49%
Requisitos y Solvencia
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento obligaciones Seg. Social
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Favorecer la formación en el lugar de trabajo
Descrito en tabla anterior
- Cumplimiento obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Relación de principales suministros (OSR)
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será una relación de los principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. En dicha relación se indicará el importe, la fecha y el destinatario, y deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. La relación de los principales servicios se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará a través de la experiencia del personal técnico, concretamente con: -Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. -Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. -Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del pedido, así como, de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen también como un criterio de adjudicación.
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Volumen anual de negocios
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, y deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del lote o lotes a los que presenta proposición. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, acompañando además de una declaración responsable suscrita por el licitador indicando el volumen anual de negocios en el ámbito del contrato. En caso de que el licitador sea una UTE, para determinar la cifra de negocio global, se considerará la suma del volumen de negocios de cada una de las empresas que la integran.
Documentación oficial adjunta (4)
- PDFANEXO II.docPliegos y anexos oficiales
- PDFSL-EC-90-2026 PPT.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFSL-EC-90-2026 PCP.pdfPliegos y anexos oficiales
- PDFANEXO I.docPliegos y anexos oficiales
- EstadoAbierta
- ProcedimientoAbierto
- TipoServicios
- CategoríaCPV 50240000
- ExpedienteSL-EC-90-2026
- Publicado16 jul 2026

